A- de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Roberto Hermida Izquierdo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia
- Improcedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se denegó la impugnación formulada por el ciudadano de la referencia, en recurso de súplica interpuesto contra el auto de 23 de mayo de 2000 visible a folios 54 a 61 de este cuaderno, providencia que se confirma en su integridad.
Para la Corte es claro que no asiste la razón al recurrente en su súplica ante la Sala Plena de la Corte Constitucional para que se revoque el mencionado auto, en cuanto rechazó la demanda presentada contra los dos primeros incisos acusados del Art. 16 de la Ley 344 de 1996, pues, como surge de la Sentencia C-298/98, los preceptos mencionados fueron analizados por esta Corporación y se concluyó entonces que no quebrantan norma alguna de la Constitución, y que la Corte no limitó los efectos de la sentencia para que pueda predicarse de ella la existencia de cosa juzgada relativa, lo que indica que, conforme a la Carta Política y de acuerdo con lo preceptuado por el Art. 21 del Decreto 2067 de 1991, la cosa juzgada, en este caso, es absoluta.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- DENEGAR la impugnacion formulada por el ciudadano Roberto Hermida Izquierdo, en recurso de suplica interpuesto contra el auto de 23 de mayo de 2000 visible a folios 54 a 61 de este cuaderno, providencia que se confirma en su integridad.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.